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Jul 30

El Gobierno ha publicado en el BOE las modificaciones al Real Decreto 578/2014 para el transporte de pienso animal. La normativa se ha adaptado a los requisitos obligatorios que la Unión Europea establece para el transporte de este tipo de mercancía y que establece que los piensos de origen animal para rumiantes deben ser trasladados en vehículos diferentes a los que transporten piensos para no rumiantes.

De esta forma, la Ley señala que las proteínas animales transformadas a granel, incluida la harina de pescado, procedentes de no rumiantes, el fosfato dicálcico y tricálcico a granel de origen animal, los hemoderivados a granel procedentes de no rumiantes y los piensos compuestos a granel que contengan las materias primas anteriormente citadas, se transportarán en vehículos distintos al resto de los piensos para evitar la contaminación cruzada entre materias primas.

Tan solo los vehículos que hayan sido limpiados y desinfectados previamente por un centro autorizado con base al Real Decreto 1559/2005, del 23 de diciembre de 2013, podrán ser utilizados para el transporte de piensos de diferentes categorías.

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